Circular en patinete, adelantar a una bicicleta o conducir una moto exige conocer las novedades del Reglamento General de Circulación, cuya reforma entró en vigor el pasado 1 de octubre. Los cambios buscan reforzar la protección de los usuarios más vulnerables y afectan tanto a los desplazamientos urbanos como a la conducción en carretera.
Sin embargo, no todas las medidas se aplican al mismo tiempo. Algunas exigencias, como el alumbrado permanente de los vehículos de movilidad personal y la nueva obligación de homologación de los cascos para ciclomotores, se retrasan hasta octubre de 2027.
Patinetes: edad mínima de 15 años y casco obligatorio
La reforma establece los 15 años como edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP), categoría que incluye los patinetes eléctricos de una plaza cuya velocidad máxima por construcción se sitúa entre 6 y 25 kilómetros por hora.
Sus usuarios deben utilizar casco y llevar chaleco reflectante cuando circulen de noche o con poca visibilidad. Para quienes empleen estos vehículos profesionalmente, como los repartidores, el chaleco será obligatorio durante toda su actividad.
Fuera de los núcleos urbanos, se permite la circulación por vías segregadas del tráfico de vehículos a motor, como determinados itinerarios ciclistas, salvo que exista una señal que lo prohíba. La obligación de mantener las luces encendidas también durante el día llegará el 1 de octubre de 2027.
📒 Las novedades del #ReglamentoDeCirculación en materia de protección de usuarios vulnerables (peatones, ciclistas, VMP y motoristas) ya están en vigor.
🔝 La reforma sitúa a las personas y sus formas de desplazarse en el centro de la movilidad.
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— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) October 8, 2026
Adelantar a una bicicleta exige reducir la velocidad
Una de las novedades que más afecta a los automovilistas es la obligación de circular al menos 20 kilómetros por hora por debajo del límite de la vía al adelantar a un ciclista en carretera. En una vía limitada a 90 km/h, por ejemplo, la maniobra deberá realizarse como máximo a 70 km/h.
Además, se mantiene la separación lateral mínima de 1,5 metros y la obligación de cambiar completamente de carril cuando exista más de uno por sentido.
En ciudad, las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril y los vehículos a motor deberán guardar al menos cinco metros respecto al ciclista que les preceda. Los ayuntamientos también podrán autorizar la circulación ciclista en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos, siempre con la señalización correspondiente.
El casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas en vías interurbanas, sin las anteriores excepciones.
Motos por el arcén, pero únicamente en tramos señalizados
La posibilidad de utilizar el arcén derecho en un atasco no supone una autorización general para las motocicletas. Solo podrá hacerse en tramos expresamente señalizados y sin superar los 30 kilómetros por hora.
En cuanto al equipamiento, conductores y pasajeros deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier vía. La futura orden ministerial concretará las especificaciones técnicas de los guantes. Hasta entonces, podrán emplearse los de protección utilizados actualmente.
Por su parte, los usuarios de ciclomotores deberán llevar cascos homologados, en lugar de simplemente certificados, desde el 1 de octubre de 2027.
Cómo actuar ante una retención, un vehículo averiado o la nieve
La reforma incorpora el corredor de emergencia: cuando una retención obligue a detenerse o avanzar a paso de peatón, los conductores deberán apartarse para facilitar el acceso de los servicios de emergencia.
También se refuerza la protección de quienes trabajan o permanecen junto a vehículos inmovilizados por accidentes, averías, auxilio o mantenimiento. Al rebasarlos, habrá que dejar 1,5 metros de separación lateral y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
Si la nieve dificulta la circulación en autopistas y autovías, quedará prohibido adelantar y será necesario circular por la derecha, manteniendo libre el carril izquierdo para emergencias y quitanieves.
Cinturón de seguridad y estacionamiento de autocaravanas
Los cambios eliminan determinadas exenciones del cinturón que afectaban a conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción.
La reforma también concreta las condiciones de estacionamiento de las autocaravanas: no podrán desplegar elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán descansar sobre sus neumáticos y no podrán verter líquidos procedentes del habitáculo.




